CONVENIO SEGURIDAD PRIVADA 2025
El presente Convenio Seguridad Privada 2023-2026 establece las condiciones laborales y salariales para los profesionales del sector de vigilante privado en España. Para el año 2025, se contempla un incremento salarial del 3% en todos los conceptos y categorías profesionales.
El presente Convenio Colectivo de Seguridad Privada 2025 establece las condiciones laborales para la persona trabajadora del sector vigilante de seguridad, a incluir:
- Condiciones salariales.
- Registros diario de Jornada laboral y descansos.
- Formación.
- Seguridad laboral.
- Subrogación de servicios.
SEGURIDAD PRIVADA CONVENIO
Además de los aumentos salariales, el convenio aborda aspectos claves como:
- Condiciones laborales: Se detallan los derechos y deberes de los trabajadores, incluyendo aspectos relacionados con la jornada laboral, descansos y permisos.
- Formación y cualificación: Se establecen requisitos de formación para los profesionales del sector, promoviendo la mejora continua y la especialización.
- Seguridad y salud en el trabajo: Se incluyen medidas para garantizar la protección de los trabajadores en el desempeño de sus funciones, así como protocolos en caso de incidentes.
- Subrogación de servicios: Se regulan los procedimientos en caso de cambios de empresa adjudicataria en los servicios de seguridad, asegurando la estabilidad laboral de los trabajadores afectados.
Los vigilantes de seguridad desempeñan un papel fundamental en la protección de personas y bienes, abarcando diversos sectores como los vigilantes de seguridad de transporte , la seguridad de transporte de explosivos y la vigilancia en infraestructuras críticas. Para garantizar unas condiciones laborales justas, el presente convenio colectivo de seguridad privada regula aspectos clave como la jornada laboral, los derechos y obligaciones del personal operativo , así como la relación entre la empresa y los trabajadores.
Detalles y regulaciones del convenio colectivo seguridad privada
Dentro del convenio se establecen detalles sobre la jornada mensual , las horas extraordinarias y el trabajador tendra derechos que corresponden a cada grupo profesional . Además, se incluyen regulaciones sobre el plus de peligrosidad , un aspecto relevante para el personal de vigilante de seguridad que desempeña funciones en entornos de alto riesgo.
En caso de cambio de empresa, el convenio también regula la situación de la empresa cesante , asegurando la correcta transición de los trabajadores. Además, se contemplan los derechos relacionados con la Seguridad Social , la representación legal de los empleados y los procedimientos de negociación colectiva , garantizando que ambas partes puedan alcanzar acuerdos justos en el ámbito laboral.
El documento también detalla los requisitos de titulación adecuada para ejercer como vigilante y las normativas sobre la seguridad electronica y sistemas de seguridad en el sector. Es importante recordar que, en ningún caso , se pueden vulnerar los derechos establecidos en los convenios colectivos , asegurando siempre condiciones dignas para los trabajadores.
Este seguridad privada convenio tiene una legislación vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, con incrementos salariales progresivos del 6% en 2023, 4% en 2024, 3% en 2025 y 3% en 2026.
Para una comprensión detallada de todas las disposiciones, se recomienda consultar el texto completo de seguridad privada convenio. Descarga el convenio seguridad privada boe para vigilante de seguridad.
Artículos más importantes del Convenio Seguridad Privada 2023-2026
Articulo 52 convenio seguridad privada
El Artículo 52 del Convenio Colectivo de Empresas de Seguridad Privada establece las directrices sobre la jornada laboral en el sector. Según este artículo, la jornada de trabajo se fija en 1.782 horas anuales de trabajo efectivo, distribuidas mensualmente de la siguiente manera:
- Horquilla mensual: La jornada mensual oscila entre 144 y 176 horas, excepto en febrero, donde se sitúa entre 134 y 162 horas. Para contratos a tiempo parcial, esta horquilla se ajustará proporcionalmente a las horas contratadas.
- Distribución irregular: Se permite una distribución irregular de la jornada mensual, sin que ello afecte la forma en que se devengan y abonan las remuneraciones ordinarias pactadas en el convenio, independientemente del número de horas realizadas.
- Horas convenio seguridad privada / Trabajo nocturno: Se considera trabajo nocturno el realizado entre las 22:00 y las 6:00 horas.
- Descanso entre jornadas: Debe mediar un mínimo de trece horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente, salvo en casos de especial urgencia o necesidad perentoria, y en trabajos a turnos.
Estas disposiciones buscan garantizar una distribución equitativa y flexible de la jornada laboral, adaptándose a las necesidades específicas del sector de la seguridad privada.
Art 40 convenio seguridad privada
El Artículo 40 del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad Privada aborda las faltas graves en el ámbito laboral. Este artículo detalla las conductas que se consideran infracciones de gravedad intermedia y que pueden conllevar sanciones disciplinarias. A continuación, se destacan algunas de las principales faltas graves mencionadas:
- Reincidencia en faltas leves: Cometer dos faltas leves en un trimestre, excepto en casos de impuntualidad, siempre que hayan sido notificadas por escrito.
- Impuntualidad reiterada: Acumular cuatro o más retrasos en la asistencia al trabajo en un mes, superiores a diez minutos cada uno, o hasta cuatro retrasos superiores a quince minutos cada uno.
- Abandono del puesto de trabajo: Dejar el lugar de trabajo sin causa justificada, especialmente en puestos de responsabilidad o cuando cause perjuicio a la empresa o a terceros.
- Desobediencia: Negarse a cumplir órdenes o instrucciones de los superiores, salvo que impliquen riesgo para la salud o sean ilegales.
- Ofensas verbales o físicas: Dirigir insultos o agresiones a compañeros, superiores, subordinados o al público en general durante la jornada laboral.
- Negligencia en el trabajo: Descuido en el desempeño de las funciones que pueda afectar la seguridad de las personas, instalaciones o bienes bajo su responsabilidad.
- Incumplimiento de medidas de seguridad: No observar las normas de prevención de riesgos laborales establecidas por la empresa.
- Embriaguez o consumo de drogas: Presentarse al trabajo bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes.
Estas faltas graves pueden derivar en sanciones que van desde la suspensión de empleo y sueldo hasta el despido, dependiendo de la gravedad y las circunstancias de cada caso. Es fundamental que los trabajadores conozcan y cumplan las normas establecidas para mantener un ambiente laboral seguro y eficiente.
Precio hora convenio seguridad privada
El Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad Privada establece las condiciones salariales para los profesionales del sector. En 2024, el salario medio de un vigilante de seguridad en España es de aproximadamente 1.270 euros netos mensuales, lo que equivale a unos 23.500 euros brutos anuales. Este salario puede variar según la experiencia y la empresa contratante. Por ejemplo, vigilantes sin experiencia ganan alrededor de 750 euros netos al mes, mientras que aquellos con más de 10 años de experiencia pueden alcanzar hasta 1.490 euros netos mensuales. Además, empresas como Prosegur y EULEN ofrecen salarios aproximados de 1.100 euros y 1.280 euros netos mensuales, respectivamente. Es importante destacar que estos salarios pueden incrementarse con complementos por trabajo en festivos, nocturnidad y otros pluses establecidos en el convenio.
convenio seguridad privada vacaciones
El Convenio Nacional de Seguridad Privada establece que los trabajadores del sector tienen derecho a 31 días naturales de vacaciones anuales. Cada empresa debe organizar un turno rotativo para el disfrute de estas vacaciones, acordado entre la dirección y los representantes de los trabajadores, y publicado con al menos dos meses de antelación al inicio del período vacacional.
Si el trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal antes de comenzar sus vacaciones, estas se aplazarán y se disfrutarán cuando el servicio lo permita. Si no es posible disfrutarlas dentro del año natural, se podrán tomar durante el primer trimestre del año siguiente.
Además, el convenio reconoce el derecho a la desconexión digital, lo que implica que los empleados no están obligados a atender dispositivos digitales proporcionados por la empresa fuera de su jornada laboral, incluyendo períodos de vacaciones, salvo situaciones de urgencia.
Estas disposiciones aseguran que los profesionales de la seguridad privada puedan disfrutar de sus vacaciones de manera planificada y respetuosa con su bienestar laboral y personal.
kilometraje convenio seguridad privada
El Convenio de Empresas de Seguridad Privada establece una compensación por el uso de vehículos particulares en desplazamientos laborales. Según el convenio, las tarifas de kilometraje son las siguientes:
- Año 2023: 0,32 euros por kilómetro.
- Año 2024: 0,33 euros por kilómetro.
- Año 2025: 0,34 euros por kilómetro.
- Año 2026: 0,35 euros por kilómetro.
Estas tarifas superan el importe exento de tributación establecido por la Agencia Tributaria, que desde julio de 2023 es de 0,26 euros por kilómetro recorrido. Por lo tanto, la diferencia entre la tarifa del convenio y el límite exento podría estar sujeta a tributación.
Es importante que tanto empleadores como empleados conozcan estas tarifas y las actualizaciones anuales para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el convenio y evitar posibles contingencias fiscales.
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